Abril 08, 2025
Colombia ha venido posicionándose como un destino estratégico para la inversión extranjera, y una de las puertas más sólidas para establecerse en el país es la Visa de Inversionista en Bienes Inmuebles, un tipo de Visa de Migrante o Visa tipo M que permite a extranjeros acceder a un estatus legal estable en el país a través de la inversión en propiedad raíz.
Esta visa está regulada bajo la Resolución 5477 de 2022 del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, que define los requisitos y condiciones para que un extranjero pueda aplicar. Su fundamento radica en promover la inversión extranjera en el mercado inmobiliario colombiano como mecanismo de dinamización económica.
En términos simples, esta visa está diseñada para extranjeros que invierten en bienes inmuebles en Colombia, ya sea con fines residenciales, comerciales o turísticos, y que cumplen con el monto mínimo de inversión exigido por la normativa vigente.
A diferencia de otros tipos de visa como la de socio o propietario (que requiere inversión en una empresa), esta visa no exige la constitución de una sociedad ni tener empleados a cargo. Se centra únicamente en el hecho de adquirir un inmueble con recursos provenientes del exterior e ingresados formalmente al país.
Desde nuestro despacho, Affirma Legal, hemos acompañado a decenas de clientes internacionales en este proceso, y sabemos que una de las grandes ventajas de este visado es su simplicidad administrativa, siempre que se cumpla con los requisitos documentales exigidos. Además, brinda la posibilidad de solicitar visa de residente permanente tras cinco años, lo que representa una ruta sólida hacia la permanencia legal en el país.
La visa de inversionista de bienes en Colombia es aquella autorización que concede el Ministerio de Relaciones Exteriores a los extranjeros que efectúen inversión extranjera directa en el país o que adquieran inmueble a nombre propio y mantengan dicha inversión o adquisición durante la vigencia de la visa que se le conceda.
Este tipo de visa es de migrante inversionista y se encuentra consagrada en la Resolución 5477 de 2022.
El extranjero que cumpla con las condiciones mencionadas en lineas precedentes y establecidas en el artículo 79 de la resolución 5477 de 2022 podrá solicitar la visa de inversionista en bienes en Colombia y para ello deberá cumplir con los siguientes requisitos específicos:
La visa de inversionista en bienes en Colombia al ser una visa tipo migrante (M) tiene una vigencia de hasta por 3 años, periodo de tiempo en el cual el extranjero podrá ingresar y permanecer en Colombia de forma legal.
Sin embargo, es importante precisar que, la vigencia de la visa de inversionista en bienes en Colombia está supeditada a que las circunstancias por las cuales fue expedida se mantengan, esto significa que la inversión extranjera directa realizada en el país y la adquisición de determinado inmueble deben permanecer durante 3 años.
Adicionalmente, es obligación que el titular de la visa informe de forma inmediata a la autoridad de visas cualquier cambio de circunstancias a fin de que se evalúe su vigencia. Es recomendable no omitir dicho deber a fin de que una vez la vigencia de los 3 años se acabe, el extranjero pueda solicitar nuevamente la visa sin ningún tipo de inconveniente, toda vez que, en dicho caso se evaluará que mantuvo la inversión o la posesión del inmueble durante toda la vigencia de su visa anterior.
Aunque es un trámite asequible con la guía correcta, es fundamental cumplir rigurosamente con los requisitos que exige la Cancillería colombiana para esta visa. A continuación, se detallan los principales:
Desde Affirma Legal asesoramos en la recopilación de todos estos documentos, especialmente la certificación del Banco de la República, que suele ser el aspecto más técnico del proceso.
Las Visas de Inversionista en bienes y la de Socio o Propietario permiten acumular tiempo para solicitar la Visa de Residente. Los términos para aplicar a ella, se encuentran consagrados en el artículo 90 de la Resolución 5477 de 2022.
La Visa de Residente Tipo R por tiempo acumulado puede ser solicitada por los extranjeros que hayan permanecido en el territorio nacional con determinadas visas tipo M. Los tiempos que deberán ser acumulados, varían según el tipo de visa del que sea titular el extranjero.
Tipo y Categoría de Visa | Tiempo mínimo exigido de permanencia como titular de visa |
M Cónyuge de nacional colombiano(a) | 3 años |
M Madre o padre de nacional colombiano por adopción | 2 años |
M Padre o madre de nacional colombiano por nacimiento. | 2 años |
M Migrante Mercosur | 2 años |
M Migrante Andino | 2 años |
M Migrante Apátrida | 2 años |
M Compañero(a) permanente de nacional Colombiano(a) | 5 años |
M Refugiado | 5 años |
M Trabajador | 5 años |
M Socio o Propietario | 5 años |
M Profesional Independiente | 5 años |
M Pensionado | 5 años |
M Fomento a la internacionalización | 5 años |
M Inversionista | 5 años |
R Beneficiario | 5 años |
Por lo tanto, para la Visa tipo M de Inversionista se exige un tiempo mínimo de permanencia como titular de la visa para poder empezar el proceso de Visa de Residente o Visa tipo R por tiempo acumulado. Así mismo, serán también 5 años para la Visa tipo M de Socio o Propietario.
El registro de la inversión extranjera consiste en el procedimiento que deben realizar los extranjeros que hayan realizado inversión de capital del exterior en territorio colombiano. La inversión extranjera puede realizarse sobre varios activos, entre esos la compra de un bien inmueble en Colombia.
El respectivo registro podrá realizarse mediante los formularios electrónicos que suministra el Banco de la República. Una vez hecho este procedimiento, el Banco de la República expedirá una certificación de Inversión Extranjera Directa que acredita que el titular.
La Resolución 5477 de 2022, otorga una serie de beneficios a los titulares de las Visas (M) Inversionista y Societario o Propietario.
La adquisición de ambos tipos de visa, otorgan a su titular principal la capacidad de solicitar una visa de beneficiario. Los beneficiarios se encuentran definidos en el artículo 3 de dicha resolución. Por lo tanto, un beneficiario es:
"Beneficiario o Titular Beneficiario, se refiere a los siguientes familiares, siempre que sean dependientes económicos del titular principal de una visa: el cónyuge o compañero(a) permanente; hijos hasta los 25 años de edad; o hijo(a) que presente alguna discapacidad mental."
Por consiguiente, podrán tener como beneficiarios a los miembros de su núcleo familiar que dependan económicamente de él. La visa en calidad de beneficiario tendrá la misma vigencia de la visa del titular principal y no podrá exceder la vigencia del titular.
Para solicitar visa como beneficiarios, los familiares deben presentar los siguientes documentos:
El extranjero podrá solicitar la visa de inversionista en bienes en Colombia diligenciando el formulario electrónico de solicitud de visa. De igual manera, deberá pagar la tarifa de la solicitud en los tiempos señalados para ello.
Junto con la solicitud de visa, deberá presentar los siguientes documentos:
Los documentos que se presenten deben tener fecha de expedición no mayor a tres meses antes del registro de la solicitud, a excepción de los documentos de identidad.
Es importante destacar que la normatividad Colombiana establece los requisitos para solicitar las visas. No obstante, el Ministerio de Relaciones Exteriores puede solicitar documentación adicional o realizar entrevistas cuando así lo estime. En algunos casos verifica los antecedentes judiciales del solicitante en la base de datos de la Policía Nacional y de otras bases. En algunos casos pueden pedirle al solicitante que aporte los antecedentes de su país.
También se debe tener en cuenta que la expedición de visas es una decisión discrecional de las entidades migratorias, por lo que será bajo esta misma discrecionalidad si la visa es otorgada o no.
Es importante contar con abogados expertos en trámites migratorios, ya que podrán orientarlo con todos los requisitos y documentos que se deben presentar. De igual manera, se encargan de atender los requerimientos que realicen las autoridades de visa en los tiempos señalados para así buscar la expedición de la visa y evitar inadmisiones.
La Visa (M) Inversionista cuenta con una vigencia de hasta por 3 años, sin embargo, cuenta con una particularidad. Se deberá informar a la Autoridad de Visas sobre cualquier cambio en la inversión, ya que de esta dependerá la visa en sí misma.
Por otro lado, la Visa (M) Socio o Propietario también contará con una vigencia de hasta 3 años y se encuentra supeditada a que se mantenga la participación accionaria en la sociedad.
No obstante, también existen las siguientes causales de terminación anticipada de visas:
En cambio, la cancelación de la visa es un procedimiento por el cual se le termina la validez a una visa por casos graves y obliga al extranjero a abandonar el país.
Si tiene alguna duda sobre el proceso de visas en Colombia, no dude en contactarnos. Nuestra firma cuenta con excelentes abogados en derecho migratorio y de inversión que lo guiaran en la selección de la visa que mejor aplique para su tipo de inversión y actividad comercial. Puede escribirnos a nuestro número de WhatsApp 3105706331 o llenar nuestro formulario de contacto
Es importante señalar que, de acuerdo con el artículo 10 del Estatuto tributario, los inversionistas en bienes en Colombia que permanezcan continua o discontinuamente en el país por más de 183 días en un periodo de 1 año, serán residentes fiscales en Colombia.
Es decir, deberán cumplir con las obligaciones tributarias como la presentación de declaración de renta, consistente en informar los ingresos generados en Colombia y en el exterior. De igual forma deberán declarar su patrimonio, ejemplo, especificar los inmuebles adquiridos en Colombia y en el exterior.
No obstante, hay algunas excepciones para no ser residentes fiscales en Colombia. Si necesita asesoría legal detallada sobre las obligaciones tributarias de los inversionistas en bienes en Colombia, no dude en ponerse en contacto con nuestra firma de abogados.
Además de lo anterior, también existen las siguientes obligaciones migratorias:
En la firma Affirma Legal contamos con profesionales del derecho, expertos en Derecho Migratorio, con amplia experiencia en trámite de visas para extranjeros que invierten en la compra de bienes inmuebles en Colombia o realizan cualquier tipo de inversión extranjera. Nuestros abogados se encargan de realizar el registro de la inversión extranjera directa y de obtener los certificados de inversión ante el Banco de la República para iniciar con el proceso de la solicitud.
Escríbanos a nuestro formulario de contacto, agende su cita legal con nuestros abogados a través del siguiente enlace o contáctenos al 3105706331.
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