Enero 08, 2024
El Estado depende de la recaudación de tributos de sus habitantes para solventar los gastos necesarios para garantizar el cumplimiento de sus fines y la prestación de los servicios requeridos. De este modo, tanto ciudadanos y empresas colombianas como ciudadanos y empresas extranjeras que residan o inviertan en Colombia están obligados a cumplir con una carga tributaria.
Colombia es un país atractivo para la expansión de operaciones de empresas extranjeras, pues brinda grandes oportunidades para el crecimiento comercial. Los impuestos para empresas extranjeras son determinantes para que estas decidan iniciar procesos de inversión en Colombia. Por esta razón, es fundamental para estas empresas que, de forma previa a invertir en Colombia, se informen y conozcan los impuestos que deben pagar, el calendario tributario establecido y la oportunidad para el pago respectivo.
La omisión en el pago de los impuestos por desconocimiento en el tema, extemporaneidad o inexactitud, podrá acarrear sanciones económicas para la empresa por parte de la entidad encargada del recaudo del impuesto respectivo.
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También puede interesarle conocer más acerca del proceso de constitución de empresa en Colombia. Lo invitamos a leer el siguiente artículo: ¿Cómo Constituir una Empresa Extranjera en Colombia?
Los impuestos son aportes patrimoniales sin contraprestación directa realizados por particulares al sector público . Deben ser pagados por quienes incurren en alguno de los supuestos legales establecidos, como comprar bienes y servicios u obtener ingresos susceptibles de generar aumentos patrimoniales.
En Colombia existen impuestos del orden nacional y territorial. Los nacionales son cobrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), los del orden territorial son recaudados por los departamentos y los municipios.
Los impuestos que deben asumir las empresas extranjeras en Colombia dependen de las actividades que estas desarrollen en el país. Así podrán ser responsables de:
A continuación, procederemos a ampliar en cada uno de estos.
Es un impuesto del orden nacional que grava los ingresos netos anuales de los contribuyentes. Es decir, el impuesto sobre la renta se debe pagar sobre las utilidades que obtengan las empresas durante el año gravable.
Deberán declarar renta todos los residentes fiscales, según lo que indica el Artículo 10 del Estatuto Tributario, que cumplan con los requisitos establecidos por la DIAN para ser responsables del impuesto.
Acorde al Artículo 20 del Estatuto Tributario "son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios las sociedades y entidades extranjeras de cualquier naturaleza, únicamente en relación con sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional, independientemente de que perciban dichas rentas y ganancias ocasionales directamente o a través de sucursales o establecimientos permanentes ubicados en el país."
Así, la tarifa general para el impuesto sobre la renta aplicable a empresas extranjeras en Colombia será del 35%; sin embargo, existen casos particulares que resultan en una variación de esta tarifa.
Es un impuesto nacional que se aplica sobre los supuestos establecidos en el Artículo 420 del Estatuto Tributario:
De esta manera, serán responsables del IVA: las empresas que se dediquen a las ventas, sin importar la fase de los ciclos de producción y distribución en el que actúen; las empresas que presten servicios; las empresas que se dediquen a la importación; los demás que menciona el Artículo 437 del Estatuto Tributario.
La tarifa general del IVA, para la venta de bienes y servicios, es del 19%; sin embargo, existen algunos bienes y servicios gravados con tarifa del 5% y otros clasificados como bienes exentos de IVA.
Las empresas responsables del IVA deberán presentar una declaración que se puede realizar de forma bimestral, cuatrimestral o anual, dependiendo de los ingresos de la empresa y del régimen de tributación al que pertenecen.
Es un impuesto nacional que grava el patrimonio líquido de las empresas, es decir sus propiedades o posesiones, cuando este es superior a 72.000 Unidades de Valor Tributario (UVT). Este impuesto sólo grava a las empresas que no son declarantes del Impuesto sobre la Renta y que poseen bienes ubicados en Colombia diferentes a acciones, cuentas por cobrar o inversiones de portafolio.
De acuerdo al Artículo 295-3 del Estatuto Tributario, la base gravable del impuesto al patrimonio es el valor del patrimonio bruto que la empresa posea a primero de enero de cada año, menos las deudas que tenga a su cargo y estén vigentes para la misma fecha.
Es un impuesto territorial regulado por la Ley 14 de 1983 que grava toda actividad industrial, comercial o de servicios que las empresas realicen en los municipios. Se liquida sobre el promedio mensual de ingresos brutos del año inmediatamente anterior.
Es necesario contar con la orientación de abogados expertos en impuestos para empresas con el fin de efectuar el correcto cumplimiento del pago del ICA.
El Impuesto Nacional al Consumo (INC) es un impuesto de orden nacional que grava la prestación o la venta al consumidor final o la importación por parte del consumidor final, de los siguientes servicios y bienes:
Son responsables del pago del impuesto al consumo:
La tarifa del INC varía dependiendo del servicio que se grava:
Adicionalmente, están excluidos del INC algunos vehículos automóviles como taxis y otros vehículos de servicio público, los vehículos para el transporte de 10 personas o más, las barcas y canoas para pesca artesanal, entre otros.
El impuesto Predial Unificado es un impuesto del orden territorial cuya base gravable corresponde al avalúo catastral de los predios que sean propiedad de la empresa.
La tarifa de este impuesto varía dependiendo del municipio en donde se encuentre el predio y puede estar sujeta a descuentos especiales.
El Gravamen a los Movimientos FInancieros (GMF) es un impuesto del orden nacional que se causa al momento de realizar transacciones financieras mediante las cuales se disponga de recursos en cuentas corrientes o de ahorros, así como en cuentas de depósito en el Banco de la República, y los giros de cheques de gerencia.
Serán responsables del GMF todas las empresas que sean usuarias y clientes de las entidades vigiladas por la Superintendencia financiera. La tarifa del GMF es de cuatro pesos por cada mil pesos del movimiento financiero que se realice.
En conclusión, las empresas extranjeras deben pagar impuestos en Colombia, segun su actividad, de la misma forma que las empresas nacionales. Adicionalmente, están obligadas a cumplir otras obligaciones tributarias como estar inscritas en el RUT y mantener su información actualizada.
En Affirma Legal contamos con un equipo de abogados tributarios expertos en impuestos para empresas, preparados para brindar asesoría legal y representación a todas las empresas extranjeras en Colombia que deseen cumplir con sus obligaciones tributarias.
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